Legal Lexikon

Trabajos secundarios y prácticas

Trabajos secundarios y prácticas: Definición legal y fundamentos

Los trabajos secundarios y las prácticas son dos formas de empleo ampliamente extendidas que revisten especial importancia, sobre todo para alumnos, estudiantes y personas que inician su carrera profesional. Ambas formas están sujetas a normativas específicas en materia laboral, fiscal y de seguridad social. La siguiente exposición ofrece una visión general completa de las condiciones legales, las delimitaciones y las principales particularidades de los trabajos secundarios y las prácticas en la legislación alemana.


1. Trabajos secundarios – Marco legal

1.1 Definición del término

Un trabajo secundario se refiere a una actividad remunerada que se realiza de manera complementaria a un empleo principal, a una formación escolar o universitaria, o como trabajo a tiempo parcial. Los trabajos secundarios suelen realizarse fuera del horario laboral regular y sirven para generar ingresos adicionales o adquirir nuevas competencias. Frecuentemente, los trabajos secundarios se desempeñan como minijob o empleos de corta duración.

1.2 Fundamentos en derecho laboral

1.2.1 Regulaciones sobre el tiempo de trabajo

Los empleados tienen, según la Ley del Tiempo de Trabajo (ArbZG), la obligación de respetar el máximo legal permitido. El tiempo de trabajo de la actividad principal y secundaria se suma y, por regla general, no debe superar las ocho horas diarias o un máximo de 48 horas semanales (§ 3 ArbZG). Excedencias solo están permitidas bajo determinadas condiciones y en medida limitada.

1.2.2 Consentimiento del empleador principal

En principio, no existe obligación de informar al empleador principal sobre un trabajo secundario, salvo que esto esté expresamente estipulado en el contrato laboral. Sin embargo, una actividad secundaria no debe afectar negativamente a la actividad principal ni contravenir la cláusula de competencia, las prohibiciones contractuales de actividades secundarias o la Ley del Tiempo de Trabajo.

1.2.3 Protección de grupos específicos de personas

Los alumnos, aprendices y estudiantes están sujetos a normas especiales según la Ley de Protección del Trabajo Juvenil (JArbSchG) o la Ley del Tiempo de Trabajo, y solo pueden ejercer trabajos secundarios dentro de los límites legales.

1.3 Aspectos de seguridad social

1.3.1 Minijob (empleo marginal)

Se considera minijob cuando la remuneración mensual habitual no supera el límite de 538 euros (a partir de 2024) o cuando se realiza un empleo de corta duración, máximo tres meses o 70 días laborables al año calendario. Los minijobs generalmente están exentos de seguridad social para los empleados (excepto para la pensión), mientras que los empleadores pagan contribuciones a tanto alzado.

1.3.2 Empleos múltiples

Si se tienen varios trabajos secundarios, los ingresos obtenidos se suman. Si el ingreso total supera el límite para minijob, se deben pagar aportes a la seguridad social.

1.3.3 Empleo principal y secundario

La obligación de cotizar a la seguridad social se vincula a la actividad principal. Los trabajos secundarios, bajo ciertas condiciones, pueden estar exentos de cotización, siempre que no superen los límites de marginalidad y no se realicen todas las actividades para el mismo empleador.

1.4 Tratamiento fiscal

1.4.1 Imposición fiscal a tanto alzado

Los minijobs suelen estar sujetos a una tributación a tanto alzado (normalmente el 2%). Quien realice varios minijobs o supere el límite de marginalidad debe declarar los ingresos en la declaración de la renta.

1.4.2 Elección de la clase fiscal

Para actividades secundarias fuera del límite de marginalidad, la clase fiscal es determinante y puede influir en el importe del salario y las regularizaciones al final del año.


2. Prácticas – Clasificación y requisitos legales

2.1 Delimitación conceptual

Una práctica es una relación laboral de duración limitada cuya finalidad principal es adquirir conocimientos y habilidades prácticas y que suele anteceder a la futura actividad profesional o formación. Las prácticas pueden ser voluntarias, obligatorias dentro de los programas de formación, o configurarse como prácticas obligatorias.

2.2 Regulación laboral de la práctica

2.2.1 Contrato de prácticas

Para la relación de prácticas se recomienda un contrato por escrito que regule las condiciones esenciales del trabajo (por ejemplo, contenido de la actividad, inicio y duración, remuneración, horario de trabajo, plazos de preaviso). En las prácticas obligatorias como parte de la escuela, estudios o formación, también se debe prestar atención a los reglamentos de estudios, exámenes o escolares.

2.2.2 Obligación de salario mínimo

El salario mínimo legal se aplica en principio también a los practicantes. Sin embargo, existen excepciones:

  • Las prácticas obligatorias en el marco de la escuela, la formación o los estudios están exentas del salario mínimo.
  • Las prácticas voluntarias de un máximo de tres meses destinadas a la orientación antes de comenzar la formación o los estudios también están exentas.
  • En caso de prácticas voluntarias de más de tres meses y prácticas voluntarias durante los estudios, existe derecho al salario mínimo (a partir de 2024: 12,41 euros por hora).

2.2.3 Otras disposiciones laborales

Las personas en prácticas están protegidas por reglamentos laborales al igual que los trabajadores, por ejemplo en lo relativo a tiempos de trabajo, protección laboral y protección de maternidad.

2.3 Clasificación en la seguridad social

2.3.1 Práctica obligatoria

En una práctica obligatoria reglamentada por normativas escolares, de formación o universitarias, normalmente existe exención de seguro en los seguros de enfermedad, dependencia, pensiones y desempleo. Se exceptúan las prácticas que son remuneradas, en cuyo caso puede surgir obligación de cotización dependiendo del caso concreto.

2.3.2 Práctica voluntaria

En las prácticas voluntarias rigen las normas generales de la seguridad social. Dependiendo del horario y remuneración puede existir obligación de cotización, igual que en otras relaciones laborales. Para prácticas marginales (por debajo del límite de marginalidad) se aplica la normativa de minijob.

2.4 Aspectos fiscales

La tributación de las remuneraciones por prácticas se rige por los mismos criterios que para el salario ordinario. Si la remuneración supera el límite del minijob, puede aplicarse retención de IRPF. Quienes realizan varias actividades como practicantes deben tener en cuenta la totalidad de sus ingresos.


3. Normas generales, particularidades y obligaciones

3.1 Disposiciones de protección laboral

Tanto para los trabajos secundarios como para las prácticas aplican normas sobre vacaciones mínimas, pago durante la incapacidad por enfermedad y otras disposiciones según la Ley Federal de Vacaciones, la Ley de Pago por Enfermedad y la Ley del Tiempo de Trabajo.

3.2 Particularidades para menores de edad

Para menores de 18 años rigen las normas especiales de la Ley de Protección del Trabajo Juvenil. Entre ellas se incluyen restricciones en cuanto a horario, tiempos de descanso, tipo de actividades y organización de las pausas.

3.3 Seguro de accidentes

Tanto en los trabajos secundarios como en las prácticas existe cobertura de seguro por la accidentabilidad legal. Las contribuciones son normalmente asumidas por el empleador o el lugar de la práctica.

3.4 Obligaciones de notificación y comunicación

Los empleados con un empleo principal están obligados a informar la toma de trabajos secundarios al empleador principal, siempre que así lo requiera el contrato laboral o exista riesgo de afectar el empleo principal. Esto se aplica especialmente en casos de competencia o conflicto de intereses.


4. Conclusión

Los trabajos secundarios y las prácticas son formas importantes de adquisición de ingresos y calificación en el ámbito laboral alemán. El marco legal es complejo y está conformado principalmente por normas laborales, fiscales y de seguridad social. Es recomendable un análisis cuidadoso de cada situación particular para considerar correctamente las consecuencias laborales, fiscales y de seguridad social y evitar trampas legales.


Fuentes:

  • Ley del Tiempo de Trabajo (ArbZG)
  • Ley de Salario Mínimo (MiLoG)
  • Código de Seguridad Social (SGB)
  • Ley Federal de Vacaciones (BUrlG)
  • Ley de Pago por Enfermedad (EFZG)
  • Ley de Protección del Trabajo Juvenil (JArbSchG)
  • Seguro de accidentes legal
  • Minijob-Zentrale

(Toda la información sin garantía de integridad o exactitud; siempre deben comprobarse las regulaciones y excepciones actuales e individuales.)

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se considera una relación laboral como trabajo secundario desde el punto de vista legal?

Una relación laboral se considera trabajo secundario cuando el trabajador, además de su empleo principal, realiza otra actividad remunerada que no es su actividad principal. Desde el punto de vista legal, es especialmente importante tener en cuenta que los trabajos secundarios, en principio, están permitidos, siempre que no existan prohibiciones legales (por ejemplo, actividades en competencia o infracciones a la Ley del Tiempo de Trabajo) y no haya cláusulas en el contrato principal que lo impidan. Los trabajadores suelen tener que informar a su empleador sobre un trabajo secundario, especialmente si existe riesgo de conflicto de intereses o si afecta el rendimiento en el empleo principal. Asimismo, la jornada semanal de ambas actividades juntas no debe superar las 48 horas (Ley del Tiempo de Trabajo). También deben tenerse en cuenta las obligaciones de notificación fiscal y de seguridad social si se supera el límite de marginalidad por el trabajo secundario.

¿Deben los trabajos secundarios o las prácticas notificarse al empleador principal?

Si los trabajos secundarios o las prácticas deben notificarse al empleador principal depende del contrato de trabajo y las disposiciones legales aplicables. En principio, no existe una obligación general y legal de notificar los trabajos secundarios o prácticas. Sin embargo, muchos contratos laborales incluyen cláusulas que prevén la obligación de informar sobre actividades secundarias. Esta obligación sirve para proteger los intereses legítimos del empleador, por ejemplo, en lo referente a prohibición de competencia, confidencialidad, y cumplimiento de la normativa sobre el tiempo de trabajo. Para funcionarios públicos y empleados del sector público existe una obligación explícita de notificación y, en su caso, de aprobación según el derecho de funcionarios o convenio colectivo. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear consecuencias laborales, como advertencias o, en casos extremos, el despido.

¿Cómo se valoran los trabajos secundarios y las prácticas en materia de seguridad social?

Desde el punto de vista de la seguridad social, los trabajos secundarios y las prácticas difieren según el tipo (marginal, corta duración, sujetos a cotización). Un minijob (hasta 538 euros al mes, a 2024) está generalmente exento de cotización para el trabajador en los seguros de enfermedad, dependencia y desempleo, salvo que el trabajador opte voluntariamente por la cotización a pensiones. Si existen varias relaciones laborales, los ingresos se suman; si el total supera el límite para empleos marginales, puede surgir la obligación de cotizar. Las prácticas obligatorias dentro de la formación eximen normalmente al estudiante de cotización; las prácticas voluntarias, sin embargo, se consideran como empleos normales y están sujetas a cotización si la remuneración supera el límite de marginalidad. El empleador está obligado a notificar correctamente el contrato a las instituciones de la seguridad social.

¿Qué límites máximos deben observarse en materia de tiempo de trabajo para trabajos secundarios y prácticas?

Para los trabajos secundarios y las prácticas aplican las disposiciones de la Ley del Tiempo de Trabajo (ArbZG). Así, el tiempo de trabajo diario no puede exceder, por regla general, las ocho horas (de lunes a sábado) en un puesto, y hasta un máximo de diez horas solo si el promedio diario de ocho horas no se supera en seis meses o 24 semanas. Se suma el total de todas las relaciones laborales. También deben respetarse los tiempos de pausa (mínimo 30 minutos tras seis horas de trabajo) y los descansos mínimos (once horas entre dos jornadas). Para los jóvenes en trabajos secundarios o prácticas rigen las normas más estrictas de la Ley de Protección del Trabajo Juvenil (JArbSchG).

¿Qué aspectos fiscales deben tenerse en cuenta en trabajos secundarios y prácticas?

En Alemania, los trabajos secundarios están, en principio, sujetos a impuestos. Las actividades marginales (minijobs) suelen estar sujetas a una tasa fija del 2%. Si existen varios minijobs o si un trabajo secundario se desempeña como segundo empleo (clase de Impuesto VI), la tributación es según el tipo impositivo individual. Las prácticas pagadas se tratan fiscalmente como empleos normales. Si los trabajos secundarios o las prácticas generan ingresos sujetos a impuestos en el año calendario, estos pueden superar los límites anuales exentos y deben declararse en la declaración de la renta. Los estudiantes pueden aplicar ciertos importes exentos y deducciones, por ejemplo durante una práctica dentro de los estudios.

¿Existen normas de protección especiales para menores de edad en trabajos secundarios y prácticas?

Los niños y adolescentes están especialmente protegidos por la Ley de Protección del Trabajo Juvenil (JArbSchG). Los menores de 15 años generalmente no pueden trabajar; existen excepciones para trabajos vacacionales a partir de los 13 años con consentimiento parental y un máximo de dos horas diarias (trabajos ligeros). Los jóvenes entre 15 y 18 años pueden trabajar un máximo de ocho horas diarias y 40 horas semanales, pero no de noche, en fines de semana o festivos (con excepciones, por ejemplo, en gastronomía o sanidad). Estas normas aplican también para las prácticas. El cumplimiento es supervisado por las autoridades competentes; las infracciones pueden conllevar multas.

¿Qué plazos de preaviso rigen para trabajos secundarios y prácticas?

Los plazos legales de preaviso para trabajos secundarios y prácticas se rigen básicamente por el § 622 BGB: Durante el periodo de prueba, el empleo puede terminarse con un preaviso de dos semanas; después, el plazo regular es de cuatro semanas hasta el día 15 o el final de un mes calendario. Para contratos de prácticas por tiempo determinado dentro de la formación o estudios, normalmente no es posible la rescisión ordinaria, salvo que el contrato contemple expresamente esta posibilidad. En caso de infracciones graves, puede aplicarse la rescisión sin previo aviso según § 626 BGB. También deben tenerse en cuenta periodos más cortos o largos si así se acuerda en el contrato o si existen convenios colectivos.

¿Qué particularidades se aplican a los estudiantes en régimen de trabajo o práctica?

Para los estudiantes en prácticas existen regulaciones especiales en materia de seguridad social. Durante el semestre (siempre que no superen las 20 horas semanales durante el periodo lectivo), están exentos del seguro de enfermedad, dependencia y desempleo (los llamados privilegios de estudiantes en prácticas), pero sujetos a la obligación de cotizar al seguro de jubilación. Si se superan las 20 horas semanales, o si el trabajo se realiza por la noche, en fines de semana o durante las vacaciones universitarias, pueden aplicarse excepciones y surgir la obligación de asegurarse. Desde el punto de vista laboral, los estudiantes en prácticas deben ser tratados como empleados normales, teniendo derecho a vacaciones y al pago de salario en caso de enfermedad. Para las prácticas que son un requisito obligatorio del plan de estudios, se aplican otras excepciones en la seguridad social. Los contratos de estudiantes en prácticas deben regular expresamente el cumplimiento de los requisitos correspondientes.