Legal Lexikon

El referendariado como trampolín hacia la ciencia

El periodo de prácticas como trampolín hacia la ciencia

Concepto e importancia del periodo de prácticas

El Referendariat es en Alemania un periodo preparatorio orientado a la práctica para un examen estatal, que constituye un requisito previo para diversas carreras profesionales. En este contexto, destaca especialmente el Referendariat jurídico, que prepara a los futuros titulados universitarios en Derecho para el Segundo Examen Estatal de Derecho. Pero también en otras áreas, como la docencia o la administración, el Referendariat se ha establecido como un servicio de formación preparatoria. Cada vez más, el Referendariat gana también relevancia como oportunidad de acceso y fase de cualificación para una actividad científica, especialmente en universidades y centros de investigación.

Bases legales del Referendariat

Normativas legales

Las condiciones legales del Referendariat están reguladas principalmente en las respectivas leyes de funcionarios de los estados federados y en normativas de formación específicas, como por ejemplo la Ley de Jueces Alemana (DRiG) para el Referendariat jurídico. Para los futuros docentes, las disposiciones pertinentes se encuentran en las leyes de formación docente de los estados federados y en los correspondientes reglamentos sobre el servicio preparatorio.

Estatus del Referendario

Durante su servicio preparatorio, los referendarios se encuentran en una relación de formación de derecho público, que dependiendo del ámbito formativo se configura como lo que se conoce como relación funcionarial revocable. Esto establece relaciones específicas de derechos y deberes, tales como obligaciones de servicio, confidencialidad, dependencia jerárquica y medidas disciplinarias.

Remuneración y derecho social

Durante el Referendariat, los referendarios reciben ayudas para el sustento o remuneraciones de aspirante, cuya cuantía varía según el estado federado, el área de formación y el estado civil. En materia de derecho de la seguridad social, los referendarios suelen estar sujetos a regulaciones especiales en lo que respecta al seguro de enfermedad, pensiones, desempleo y accidente.

El Referendariat como fase de cualificación para la ciencia

Enfoques científicos durante el Referendariat

Durante el Referendariat es posible realizar determinadas etapas de forma específica en el ámbito científico, por ejemplo en una universidad o centro de investigación. En particular, la ‘Wahlstation’ puede aprovecharse para iniciarse en actividades científicas, ganar experiencia en el trabajo académico y establecer contactos con instituciones académicas.

Importancia de la ‘Wahlstation’ para la carrera científica

La ‘Wahlstation’ permite a los referendarios familiarizarse pronto no sólo con cuestiones científicas, sino también participar activamente en ellas. Entre otras actividades se incluyen:

  • Búsqueda y redacción de publicaciones científicas,
  • Colaboración en clases universitarias,
  • Apoyo en solicitudes de financiación externa,
  • Participación en proyectos científicos.

En especial el contacto con profesoras y profesores o personal científico puede facilitar el acceso a proyectos de doctorado, así como a puestos como colaborador científico.

Transición del Referendariat a la carrera científica

Marco legal para la incorporación a actividades científicas

La transición a una actividad científica se produce tras finalizar el Referendariat y, en su caso, aprobar el Segundo Examen Estatal. Frecuentemente los puestos correspondientes en el sector público se asignan conforme a la Ley de Contratos Temporales de Ciencia (WissZeitVG). Los trabajadores científicos suelen ser contratados en empleos temporales según el Convenio Colectivo del Servicio Público de los Länder (TV-L).

Requisitos de admisión para un doctorado

El Referendariat completado, especialmente en el ámbito jurídico, por regla general no es un requisito formal para un doctorado, pero puede influir significativamente en la cualificación profesional y el proceso de selección de candidatos. A menudo, las competencias prácticas y metodológicas adquiridas durante el Referendariat se tienen en cuenta en la asignación de plazas de doctorado. En áreas específicas, como la docencia, existen requisitos adicionales de admisión derivados de los respectivos reglamentos de doctorado de las universidades.

Consecuencias en el derecho profesional

La exitosa finalización del Referendariat ofrece a quienes buscan una carrera científica, además de la opción del doctorado, la posibilidad de trabajar como colaborador científico o en funciones administrativas en universidades y centros de investigación. En determinadas áreas, por ejemplo para la habilitación como profesor universitario, la finalización del Referendariat o el Segundo Examen Estatal es requisito para posteriores etapas de cualificación (como la habilitación).

Compatibilidad del Referendariat con la formación científica continua

En principio, los referendarios tienen libertad para realizar formación científica adicional fuera de sus obligaciones de servicio o para participar en ofertas de formación científica, siempre que no se vean afectadas las obligaciones laborales. Un empleo secundario en el ámbito científico puede requerir la autorización previa de la entidad formadora. La posibilidad de trabajar en una tesis doctoral de forma paralela a la formación es jurídicamente viable, siempre y cuando no exista conflicto con las obligaciones derivadas del Referendariat.

Conclusión

El Referendariat no solo constituye una parte integral de la formación profesional en varios ámbitos legales, sino que también abre amplias posibilidades de acceso a la ciencia. El marco legal permite que, ya durante el Referendariat, se sienten las bases para una carrera científica, se adquieran las cualificaciones necesarias y se establezcan tempranamente contactos con centros de investigación. La estructura legalmente establecida del Referendariat ofrece así un trampolín adecuado para trayectorias académicas, cuyo potencial gana importancia de forma creciente en la evolución profesional universitaria y científica.

Preguntas frecuentes

¿Puede considerarse el Referendariat jurídicamente como un empleo científico?

El Referendariat es, en sentido legal, un servicio preparatorio organizado y realizado por la administración pública, que prepara para el segundo examen estatal de derecho. Por lo general, el Referendariat debe realizarse en juzgados, fiscalías, administración o sector privado, y constituye desde el punto de vista laboral una relación de formación de derecho público. Por tanto, un referendario no es un trabajador según la legislación laboral, sino que está sujeto a reglamentaciones y disposiciones específicas de carácter funcionarial, incluidas las obligaciones de servicio y una cantidad fija para su manutención. No se considera expresamente como un empleo científico; sin embargo, la elección de etapas en universidades o centros de investigación puede permitir la actividad en este ámbito. No obstante, esto no tiene un estatus jurídicamente vinculante para el reconocimiento como empleo científico en el sentido del derecho funcionarial o del personal al servicio del estado.

¿Qué requisitos jurídicos deben cumplirse para una etapa científica durante el Referendariat?

Para realizar una etapa científica durante el Referendariat jurídico, se debe consultar la normativa de formación del respectivo estado federado, ya que los estados determinan de manera diferente en qué medida pueden cumplirse etapas en universidades o instituciones científicas. Generalmente es necesario que la institución científica, por ejemplo una cátedra, esté dispuesta a aceptar al referendario y pueda garantizar completamente los requisitos de formación, en particular en lo relativo a los contenidos educativos y la duración. Formalmente, esta etapa se considera como ‘Wahlstation’ o etapa de abogado y requiere la autorización de la autoridad formadora correspondiente (por ejemplo, la Junta Examinadora de Justicia). Los contenidos de la formación deben demostrar una relación suficiente con la práctica jurídica, la investigación y la docencia, o con la profundización de conocimientos especiales.

¿Tiene una etapa de formación realizada en una cátedra durante el Referendariat ventajas en materia de derecho de servicio para una futura carrera científica?

Desde el punto de vista jurídico, una etapa realizada en el ámbito científico durante el Referendariat no tiene efectos directos en el derecho de servicio, ya que no abre una carrera funcionarial ni es requisito formal para futuros puestos de colaborador científico o profesor. Sin embargo, la acreditación de una actividad correspondiente en una universidad o centro de investigación puede considerarse experiencia relevante según la Ley Marco de Universidades, especialmente en lo relativo a las pruebas de cualificación científica que deben presentarse en los procedimientos de selección (§ 44 HRG, leyes universitarias estatales). Asimismo, la participación comprobada en clases, publicaciones o proyectos de investigación puede interpretarse como favorable a la evaluación de la idoneidad científica.

¿En qué medida permite el Referendariat, desde el punto de vista legal, el acceso a fondos externos para proyectos científicos?

Durante el Referendariat jurídico, normalmente no existe una relación laboral que permita el acceso autónomo a fondos externos, ya que los referendarios no son colaboradores científicos regulares. Formalmente, las solicitudes de fondos suelen poder ser presentadas solo por científicos habilitados, profesores o colaboradores científicos con contrato permanente. No obstante, los referendarios pueden colaborar en proyectos financiados con fondos externos en el marco de una etapa científica, siempre que el profesor responsable los integre explícitamente en el proyecto. Por regla general, no existe derecho propio de solicitud ni posibilidad de actuar como director de proyecto, y esta opción está excluida por el estatus jurídico de referendario.

¿Qué aspectos jurídicos deben considerarse respecto al deber de confidencialidad y los derechos de autor en el ámbito de las actividades científicas durante el Referendariat?

Los referendarios están sujetos por principio al deber de confidencialidad conforme al § 37 apdo. 1 DRiG y a las correspondientes normativas estatales, que aplican tanto a información de servicio como a información confidencial durante sus etapas. Esto incluye actividades científicas, especialmente cuando se trabaja con datos de investigación sensibles, dictámenes o manuscritos no publicados. En materia de derechos de autor, las contribuciones científicas propias del referendario están sujetas al derecho de autor si interviene como único autor. Si el trabajo se realiza en equipo o bajo supervisión, se recomienda clarificar contractualmente (por ejemplo, en lo relativo a la coautoría) y, en caso de duda, con el científico responsable y la entidad formadora, para evitar futuros litigios.

¿Existen restricciones legales para la publicación de trabajos científicos durante el Referendariat?

Una restricción jurídica de las publicaciones científicas durante el Referendariat se realiza principalmente a través del deber de confidencialidad y, en su caso, por disposiciones de la institución en la que el referendario está destinado. Antes de publicar, debe comprobarse en qué medida pueden verse afectados secretos empresariales o de servicio, derechos de la personalidad de terceros o regulaciones específicas de la universidad. Por regla general, las regulaciones sobre formación no establecen prohibiciones expresas de publicación, aunque los trabajos secundarios, también de carácter científico, pueden estar sujetos a declaración y requieren en ocasiones la aprobación de la autoridad formadora. Las publicaciones realizadas en el marco de tareas oficiales deben, además, coordinarse generalmente con el supervisor.

¿Qué riesgos legales existen al aceptar encargos docentes paralelamente al Referendariat?

Asumir encargos docentes durante el Referendariat puede implicar riesgos tanto en el ámbito funcionarial como en el laboral. Los referendarios solo pueden asumir actividades secundarias, entre ellas los encargos docentes, previa autorización de la autoridad formadora, según las disposiciones de las respectivas leyes de funcionarios estatales y normativas de formación. La asunción de un encargo docente sin autorización previa puede considerarse una infracción de las obligaciones de servicio y acarrear consecuencias disciplinarias. Además, debe comprobarse si la actividad secundaria es compatible en cuanto a la dedicación temporal exigida por el Referendariat y si no existen conflictos de intereses. La remuneración de un encargo docente suele estar sujeta a obligación de declaración y puede influir en la cuantía de la ayuda para el sustento.