Preparación para el examen junto con la pasantía
La preparación para el examen junto con la pasantía describe, en el contexto jurídico, aquella fase en la que los/las pasantes de derecho se preparan para el segundo examen estatal durante la denominada “formación en las estaciones” como parte del servicio preparatorio jurídico. Esto representa un desafío particular, ya que las obligaciones prácticas de la pasantía deben combinarse con la extensa materia de estudio y los requisitos especiales de los exámenes escritos y orales.
Bases legales generales del servicio preparatorio jurídico
Estudios de dos y tres etapas
El acceso a las profesiones jurídicas en Alemania se realiza, por regla general, a través de estudios universitarios de dos etapas, que consisten en el primer examen estatal y el posterior periodo de prácticas (Referendariat). El periodo de prácticas concluye con el segundo examen estatal, que habilita para el ejercicio de las actividades jurídicas tradicionales.
Normativas sobre la formación
Las normativas sobre organización, ejecución y contenido del periodo de prácticas, incluida la preparación para el examen junto con la pasantía, son competencia de las administraciones de justicia de cada estado federado. Son determinantes, entre otros, los reglamentos de formación jurídica (JAG) de los estados federados, las ordenanzas de formación y examen para juristas (JAPO), así como las disposiciones administrativas correspondientes.
Estructura y desarrollo de las estaciones en el periodo de prácticas
Resumen de las estaciones
El periodo de prácticas jurídicas se divide en diferentes estaciones (civil, penal, administrativa, de abogado y electiva), cada una acompañada de clases (grupos de trabajo) y formación práctica en un centro formativo. Durante estas estaciones suele comenzar la preparación para el examen, principalmente a partir de la estación de abogado.
Preparación para el examen durante la actividad práctica
Los planes de formación de las estaciones están diseñados para conceder a los/las pasantes, junto con la actividad práctica, tiempo libre para la preparación del examen. Esto está expresamente reconocido en numerosas disposiciones legales autonómicas. Por ejemplo, el § 35 apart. 2 JAG NRW o el § 54 apart. 2 JAPO Bayern otorgan expresamente el derecho a la “preparación autónoma de clases y del examen”.
Posibilidades y límites legales de la preparación para el examen junto con la pasantía
Derecho a permisos y tiempos para estudio
Los/las pasantes tienen, según las respectivas normativas de formación y examen, derecho a determinados periodos de permiso para la preparación del examen, durante los cuales quedan exentos de su actividad práctica. Estos tiempos varían según el estado federado. Ejemplo Renania del Norte-Westfalia: La estación de abogado dura aproximadamente nueve meses, de los cuales normalmente cuatro meses son de “exención para la preparación del examen” (§ 35 apart. 2 JAG NRW). Durante este tiempo, los requisitos de presencia en el centro de formación se reducen. Ejemplo Baviera: Aquí existe derecho a un ‘repetitorio para el examen’ de una duración mínima de tres meses y medio dentro de la estación de abogado (§ 54 apart. 2 JAPO Bayern).
Compatibilidad con las obligaciones de formación
El disfrute de los permisos está sujeto a condiciones legales. El centro formativo debe ser informado de los planes temporales, y la formación no debe verse comprometida significativamente por la preparación para el examen. El trabajo práctico en la estación debe seguir garantizando el volumen formativo necesario.
Derecho a preparación del examen sin pérdida de remuneración
Durante la estación, los/las pasantes se encuentran en una relación formativa pública conforme a la legislación de cada estado federado. Durante los periodos de exención, solo se suspenden las obligaciones de formación; la prestación económica se sigue abonando.
Preparación para el examen junto con la pasantía y aspectos laborales
Normativas sobre jornada laboral y ausencias
Durante la preparación del examen rigen normativas específicas sobre presencia, jornada laboral y ausencias. La obligación diaria de estar presente en el centro formativo puede suprimirse o reducirse durante los periodos de exención. En algunos estados es posible solicitar por escrito una jornada parcial o una organización flexible del día.
Derechos de protección, igualdad de trato y prohibición de discriminación
Las normativas legales buscan garantizar que todos/as los/las pasantes tengan acceso equitativo a suficientes periodos de exención. Las prohibiciones de discriminación de la Ley General de Igualdad de Trato (AGG) deben ser observadas, como en el resto del sector público.
Efectos sobre la admisión al examen y organización de la fase de exámenes
Inscripción en el segundo examen estatal
La participación en el examen está supeditada a la correcta realización de las estaciones de formación. El permiso para la preparación del examen normalmente no afecta a la admisión, siempre que se respeten las obligaciones de presencia y notificación.
Garantías procesales en materia de exámenes
En principio, los/las pasantes tienen derecho a una formación justa y un acceso igualitario al examen. El marco jurídico de la preparación para el examen junto con la pasantía contribuye a permitir una preparación objetiva para el segundo examen estatal, a pesar de las obligaciones prácticas de formación.
Literatura, jurisprudencia y referencias adicionales
Las particularidades legales de la preparación para el examen junto con la pasantía son objeto de numerosas reglas ejecutivas y circulares autonómicas. También existen resoluciones de tribunales administrativos sobre el alcance y la configuración de los permisos (por ejemplo, VG München, Sentencia de 12.11.2010 – M 16 K 09.6232). Manuales estándar sobre los reglamentos de formación y examen ofrecen explicaciones detalladas.
Resumen: La preparación para el examen junto con la pasantía es una compensación reconocida legalmente en el servicio preparatorio alemán para futuros operadores jurídicos, que equilibra la formación práctica y los requisitos de examen. Su marco legal, teniendo en cuenta las particularidades estatales, garantiza permisos, derechos de protección e igualdad de oportunidades para el éxito en el segundo examen estatal.
Preguntas frecuentes
¿Cómo deben coordinarse legalmente las obligaciones de la estación y la preparación para el examen?
La preparación para el examen durante la estación del periodo de prácticas siempre supone un reto, ya que ambos ámbitos exigen un alto grado de dedicación temporal y temática por parte del/la pasante. Legalmente prevalece el deber de cumplir con la formación: la asistencia a las actividades formativas, tanto en cada estación (por ejemplo, centro asignado, grupos de trabajo) como las sesiones obligatorias, es en principio obligatoria. La ausencia no justificada puede considerarse una infracción del deber de servicio y acarrear consecuencias que llegan hasta medidas disciplinarias o el cómputo de días de ausencia. El tiempo de preparación para el examen, especialmente en estudio autónomo, queda en principio supeditado al interés del servicio. Sin embargo, las normativas autonómicas sobre formación contemplan en parte la posibilidad de compatibilización y permiten, previa solicitud, la exención temporal o reducción de trabajo, especialmente durante los exámenes escritos. Dicha exención requiere, por lo general, una solicitud formal y la aprobación de la dirección de formación (§ 38 apart. 1 JAG NRW; existen normativas similares en otros estados federados). No existe legalmente una exención general para la preparación del examen, por lo que los/as interesados/as deben acordar sus deseos con la persona formadora con suficiente antelación y, en su caso, confiar en su buena voluntad.
¿Existe derecho a permiso para la preparación del examen fuera de los días de examen?
Una exención expresa para la preparación del examen, aparte de las fechas de las pruebas, no está prevista en la Ley de Formación Jurídica (JAG) ni en las normativas autonómicas correspondientes. Sólo para los días efectivos del examen y, frecuentemente, para un periodo definido (por ejemplo, la semana de los exámenes escritos), existe, por regla general, un derecho legal a permiso (véase, por ejemplo, § 14 apart. 3 JAG NRW). Por lo demás, se mantiene la obligación de prestar servicios en la estación correspondiente. No obstante, los formadores pueden, en el marco de su discrecionalidad, conceder tiempo adicional previa solicitud, por ejemplo, mediante modelos de horario flexible o acuerdos individuales (p. ej., reducción de la presencia a cambio de la presentación de informes de trabajo). Sin embargo, estos “tiempos libres” no son exigibles legalmente y dependen de la buena disposición y acuerdo con el centro que asigna la formación.
¿En qué medida se permite faltar a los grupos de trabajo para la preparación del examen?
La participación regular en los grupos de trabajo es obligatoria según las normativas vigentes de formación (§ 38 JAG NRW; reglas equivalentes en otros estados federados). Solo podrán faltar en casos excepcionales (enfermedad, causas importantes inaplazables). La preparación objetiva para el examen no se considera una causa suficiente para ausentarse reiteradamente. El incumplimiento duradero o reiterado del deber de asistir a los grupos puede considerarse infringir los deberes del servicio y, en el peor de los casos, puede acarrear la reducción del tiempo de la estación o la exclusión del examen. Quien incumpla la obligación de asistir debe prever consecuencias disciplinarias. Se recomienda contactar tempranamente a la coordinación del grupo para buscar soluciones individuales en caso de coincidencia de fechas inevitable.
¿Qué derechos existen respecto a vacaciones o permisos especiales para la preparación del examen?
En principio, los/las pasantes tienen derecho al disfrute de vacaciones aplicando por analogía las normas del funcionariado (por ejemplo, 29 días laborables por año según § 5 apart. 1 EUrlV NRW). Estas vacaciones pueden destinarse a la preparación del examen, siempre que se soliciten y aprueben a tiempo. No suele existir derecho adicional a un permiso especial para la preparación intensiva de los exámenes escritos, salvo regulaciones especiales, como en casos de enfermedad, emergencias familiares o determinados días de examen (véase § 14 apart. 3 JAG NRW). En casos debidamente justificados, la dirección de formación puede conceder, previa solicitud, permiso especial o exención; esto requiere normalmente motivos fundados y justificantes.
¿Qué disposiciones legales existen sobre el uso de recursos oficiales (por ejemplo, literatura, oficinas) para la preparación privada del examen?
El uso de los recursos oficiales se rige por los reglamentos internos y las disposiciones administrativas de la autoridad o estación correspondiente. En general, el uso de espacios de trabajo, bibliotecas y literatura técnica específica durante la actividad oficial se permite también para consultas relacionadas con el examen, ya que la formación tiene por objetivo la superación del mismo. No obstante, el uso exclusivo o mayoritario de medios oficiales para la preparación privada del examen está normalmente prohibido. Quien, por ejemplo, permanezca periodos prolongados usando exclusivamente instalaciones oficiales para preparar apuntes o exámenes privados, se arriesga a recibir una advertencia u otras consecuencias disciplinarias. Es recomendable acordar previamente con la dirección de la estación correspondiente.
¿Pueden derivarse consecuencias laborales por centrarse excesivamente en la preparación del examen?
Enfocar la preparación del examen en detrimento de las obligaciones de la estación puede considerarse incumplimiento de deberes. Si la ejecución de las tareas oficiales, la asistencia regular a los grupos o el cumplimiento del horario se ven objetivamente afectados, pueden derivarse consecuencias desde advertencias, anotaciones en el expediente, reducción del tiempo de la estación hasta medidas disciplinarias. La evaluación se realiza caso por caso y a discreción del centro formador. Quien manifieste situaciones de estrés por exámenes, enfermedad o sobrecarga debería conversar con sus superiores, ya que la ausencia injustificada y la modificación unilateral del horario de trabajo se considera jurídicamente menos tolerable que una comunicación abierta.
¿Qué consideraciones legales se aplican respecto a la participación en cursos privados o comerciales de exámenes durante la pasantía?
La participación en repetidores o cursos de exámenes privados o comerciales, fuera de las ofertas oficiales de formación, no está permitida durante el horario laboral habitual. Estos cursos deben realizarse fuera del horario de la estación, es decir, en tiempo libre. Un permiso para tal fin solo es posible con autorización del/de la formador/a y limitado a casos excepcionales (por ejemplo, coincidencia con exámenes obligatorios, necesidad justificada). Por lo demás, no existe derecho legal a ello, por lo que la participación nunca debe afectar el cumplimiento de las obligaciones oficiales. De lo contrario, podría conllevar medidas disciplinarias o laborales.