Legal Lexikon

Intento de repetición en el examen

Concepto y fundamentos del intento de repetición en el examen

Der Intento de repetición en el examen se refiere en el sistema jurídico a la posibilidad de volver a realizar un examen final que no se ha aprobado. El término se utiliza especialmente en el contexto de los exámenes estatales universitarios, por ejemplo, el primer y segundo examen estatal en las carreras de Derecho. El intento de repetición es un elemento esencial del derecho de exámenes y tiene como objetivo garantizar la igualdad de oportunidades, así como la posibilidad de recuperación en caso de no superar el examen.

Este artículo analiza en profundidad el marco jurídico, los requisitos y las consecuencias de un intento de repetición en el examen. Además, se exponen las diferentes normativas a nivel estatal y federal, así como la jurisprudencia administrativa.


Fundamentos jurídicos

Regulaciones legales

Las regulaciones legales sobre el intento de repetición en el examen derivan de diversas leyes de exámenes y de educación superior de los estados federados y organismos federales. Así se encuentran en la Deutsches Richtergesetz (DRiG) prescripciones obligatorias para los exámenes estatales jurídicos. Estas disposiciones se regulan adicionalmente mediante Leyes estatales de forma complementaria, como por ejemplo las Leyes de formación jurídica (JAG) de los estados federados.

Reglamentos de examen

Además de las leyes, los reglamentos de examen de las respectivas oficinas de exámenes establecen disposiciones detalladas sobre el procedimiento y las condiciones del intento de repetición. Los puntos importantes en este contexto son:

  • Número de intentos de repetición permitidos
  • Disposiciones sobre plazos y procedimientos de inscripción
  • Normas sobre intentos de fraude y renuncia
  • Regulaciones especiales por motivos particulares (por ejemplo, enfermedad, maternidad)

Ejemplo: exámenes estatales jurídicos

Para los exámenes jurídicos, el § 22 DRiG dispone que un examen no aprobado puede repetirse una vez. La regulación concreta corresponde a los estados federados.


Requisitos del intento de repetición

No aprobar el examen

El requisito fundamental para un intento de repetición es el no haber aprobado definitivamente el examen. Un resultado simplemente «malo», pero que se considera como aprobado, no da derecho a un intento de repetición en el sentido tradicional.

Número de posibilidades de repetición

Según el reglamento de exámenes varía el número de repeticiones permitidas:

  • Intento de repetición regular: Frecuentemente solo se permite un intento.
  • Segundo intento de repetición (el denominado «segundo intento de repetición» o «tercera oportunidad de examen»)

– Este normalmente se permite como «regulación de caso de dificultad» o por razones excepcionales especiales.

Plazos de espera y fijación de plazos

Los reglamentos de exámenes establecen plazos hasta cuándo debe realizarse el intento de repetición. El incumplimiento puede llevar a la exclusión definitiva de posteriores exámenes.

Requisitos para regulaciones de caso de dificultad

Un intento adicional de repetición, más allá de las opciones regulares, generalmente requiere la presencia de motivos especiales que deben ser acreditados. Estas razones pueden ser, por ejemplo:

  • Enfermedad grave
  • Embarazo o licencia por maternidad
  • Hechos imprevisibles de especial relevancia

El derecho solo existe si se cumplen los criterios establecidos en el reglamento de exámenes correspondiente.


Procedimiento y consecuencias legales del intento de repetición

Solicitud y pasos del procedimiento

La solicitud de un intento de repetición debe presentarse ante la oficina de exámenes competente. Debe entregarse dentro del plazo establecido y está sujeta a un examen formal por parte de la autoridad. Frecuentemente se deben adjuntar pruebas, especialmente cuando se solicita una repetición adicional por caso de dificultad.

Realización del intento de repetición

El intento de repetición sigue el mismo modelo que el primer examen. Una diferencia es que, en determinados casos, ya no existe la posibilidad de repetir de nuevo un examen de repetición fallido («no superar definitivamente»).

Consecuencias de no superar definitivamente

El no superar definitivamente tras el intento de repetición comporta la pérdida del derecho a examen y de la habilitación para ejercer la profesión, siempre que la autorización dependa de la superación del examen (por ejemplo, no admisión al periodo de prácticas).


Regulaciones especiales y particularidades

Intento libre y posibilidades de mejora

Muchos reglamentos de examen prevén el denominado intento libre , que permite realizar el examen antes de finalizar el tiempo de estudio regular. Un examen no superado en el intento libre no suele considerarse un fracaso. Asimismo, en algunos casos existen posibilidades de mejora si el examen ha sido aprobado pero no se ha alcanzado el resultado deseado.

Casos especiales posibles

  • Renuncia antes del inicio del examen: Si se renuncia por motivos importantes antes de iniciar el examen, este suele considerarse como no realizado; el derecho al intento de repetición se mantiene.
  • Fraude y infracción del reglamento: En caso de fraude comprobado, el intento de examen puede considerarse no superado independientemente del resultado y puede perderse el derecho a un intento de repetición.

Aspectos administrativos y protección legal

Protección legal frente a decisiones en exámenes

Los examinados pueden recurrir las resoluciones denegatorias relativas al intento de repetición. A menudo procede un procedimiento de recurso administrativo, y en su caso una demanda ante los tribunales administrativos.

Jurisprudencia

Los tribunales verifican en particular:

  • El cumplimiento de los principios de igualdad de oportunidades
  • La legalidad de la denegación del intento de repetición
  • El respeto de los plazos y formalidades

El núcleo de la jurisprudencia gira en torno a cuestiones de proporcionalidad, igualdad de trato y protección de la confianza en el sistema de exámenes.


Importancia del intento de repetición en el contexto general del derecho de exámenes

El intento de repetición en el examen es fundamental para el principio de igualdad de trato y la permeabilidad de los procesos de cualificación académica. Las regulaciones ofrecen, por un lado, un mecanismo de protección contra la definitividad de fallos puntuales, por otro lado, limitan también el número de intentos para preservar la validez del examen y la eficiencia del sistema de formación y exámenes.

En conjunto, el intento de repetición es una parte regulada y limitada del reglamento de exámenes, cuya configuración jurídica contribuye por igual a la protección del examinado y de la institución examinadora.


Literatura y normativas adicionales

  • Deutsches Richtergesetz (DRiG)
  • Juristenausbildungsgesetze (JAG) de los estados federados
  • Reglamentos de examen de las universidades y de las oficinas estatales de exámenes de justicia
  • Reglamento de los tribunales administrativos (VwGO)
  • Comentarios a leyes y reglamentos relevantes

El intento de repetición en el examen está sujeto a regulaciones legales exhaustivas y diferenciadas. Su configuración es decisiva para la equidad y eficiencia del sistema de exámenes. Se recomienda a los examinados tener en cuenta, además de las disposiciones legales, las recomendaciones y regulaciones profesionales complementarias.

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos legales deben cumplirse para poder realizar un intento de repetición en el examen?

Los requisitos para un intento de repetición en el examen están regulados de manera estricta y pueden variar según el reglamento y el derecho federal o estatal correspondiente. Por lo general, primero debe constatarse que el examen no se ha superado definitivamente en el primer intento. Además, debe distinguirse entre un simple no aprobado y un caso de fraude o renuncia, ya que estos últimos a menudo no dan derecho a un intento de repetición. Asimismo, regularmente debe presentarse una solicitud formal para la admisión al intento de repetición, cuyo plazo está regulado en el reglamento aplicable. En ocasiones, debe observarse un tiempo mínimo de espera o acreditarse que se ha realizado una preparación para el examen durante el periodo de repetición. En algunos casos, también puede ser obligatorio mantener una entrevista de orientación individual antes de que se acepte la solicitud. Además, no deben haberse producido intentos de fraude o infracciones graves en el primer intento que puedan llevar a la exclusión definitiva de posteriores exámenes.

¿Qué plazos deben observarse para solicitar el intento de repetición?

El plazo relevante para solicitar un intento de repetición se determina según el reglamento de la universidad o la oficina de exámenes correspondiente. Normalmente, el plazo comienza con la notificación del no aprobado definitivo y suele oscilar entre dos semanas y seis meses. En algunas oficinas incluso debe presentarse la solicitud en pocos días tras la decisión oficial. Si el examinado pierde este plazo, generalmente queda anulado de forma irreversible el derecho a un intento de repetición. En casos excepcionales, como una pérdida del plazo sin culpa (por ejemplo, enfermedad acreditada), puede presentarse una solicitud de recuperación; sin embargo, deben aportarse pruebas convincentes y la concesión queda a discreción de la autoridad.

¿Existe una limitación al número de intentos de repetición posibles en un examen?

El número de intentos de repetición permitidos está regulado en el marco del reglamento de exámenes y varía según la especialidad y jurisdicción. Generalmente, en el ámbito jurídico, para el examen estatal se prevé un solo intento de repetición. En otras disciplinas, como los exámenes médicos, pueden permitirse hasta dos intentos de repetición. En muy pocos casos excepcionales puede solicitarse un intento adicional, denominado intento por causa de dificultad, cuya aprobación está sujeta a requisitos muy estrictos. En los exámenes no está prevista una cantidad ilimitada de intentos de repetición, ya que con el número de intentos también debe garantizarse la calidad e integridad de la titulación.

¿En qué circunstancias se puede reclamar legalmente un «intento libre» y cómo afecta este al intento de repetición?

Un intento libre es un intento de realizar el examen sin que este cuente como un intento regular si no se aprueba. Las disposiciones legales al respecto se encuentran especialmente en el ámbito jurídico, por ejemplo, en la Ley de formación jurídica de los estados federados. La base del intento libre suele ser una solicitud al examen dentro de un plazo determinado tras el inicio de los estudios sin exceder ciertos límites de intento libre (por ejemplo, la duración estándar de los estudios más un semestre). Si el intento libre no se aprueba, el examen no se considera no superado definitivamente y el examinado mantiene el derecho a un primer intento regular y, en su caso, a un segundo intento de repetición. Si el examen se aprueba en el intento libre, cuenta plenamente, una renuncia o no participación se considera, por lo general, como no presentación, por lo que el intento libre se considera consumido.

¿Qué consecuencias legales tiene no haber aprobado definitivamente un examen, incluso tras el intento de repetición?

El no aprobar definitivamente un examen incluso tras el intento de repetición conlleva que el procedimiento de examen queda cerrado legalmente. Desde el punto de vista jurídico, esto implica la denegación del título y, por tanto, la exclusión de la posibilidad de participar de nuevo en ese examen estatal. Dependiendo del estado federado y la especialidad, esto significa no solo el fin de los estudios correspondientes o la aptitud para ese ejercicio profesional, sino también que una matrícula en carreras similares o afines con ese examen final puede estar legalmente prohibida. Además, puede emitirse una notificación definitiva con instrucciones legales de apelación, contra la que puede interponerse recurso o demanda ante el tribunal administrativo en un plazo legalmente establecido (normalmente un mes).

¿Existe un derecho de acceso al expediente en relación con un intento de repetición no aprobado?

Del principio de Estado de derecho de transparencia e inteligibilidad de las decisiones administrativas se deriva, en principio, el derecho de acceso al expediente. Tras la notificación del no aprobado definitivo, el examinado tiene derecho a consultar los documentos del examen, informes de evaluación y actas. Esta consulta puede realizarse personalmente o mediante un expediente digital y sirve especialmente para comprender el proceso de decisión de los evaluadores e identificar posibles errores o irregularidades que puedan fundamentar un recurso. Normalmente, la consulta debe solicitarse antes de que expire el plazo de interposición de recursos, y las autoridades deben conceder acceso o cita sin demora.

¿Qué posibilidades legales existen para impugnar un resultado supuestamente erróneo del intento de repetición?

Si los examinados tienen dudas fundadas sobre la corrección de la evaluación o el correcto desarrollo del procedimiento de examen en el intento de repetición, disponen de varias vías legales. Inicialmente puede interponerse un recurso o remonstración contra la resolución de examen; esto suele hacerse por escrito ante la autoridad examinadora en el plazo de un mes tras la notificación del resultado. La argumentación debe contener indicios sustanciales de errores de evaluación, error de apreciación o deficiencias procedimentales. Si la solicitud de remonstración es rechazada, se puede presentar demanda ante el tribunal administrativo. En caso de defectos graves en el procedimiento (por ejemplo, parcialidad de los evaluadores, infracción de las normas de examen), incluso es posible la anulación de la decisión sobre el examen. Si se prueban errores de evaluación, se puede considerar una nueva valoración de las pruebas de examen. Sin embargo, el derecho de exámenes prevé, por regla general, una prerrogativa de valoración por parte de los examinadores, lo que significa que las valoraciones técnicas solo son revisables judicialmente de forma limitada.