Concepto y fundamentos jurídicos de la formación por estaciones
Die Formación por estaciones constituye, en el marco de la formación para el acceso pleno a la abogacía, un componente central del servicio jurídico preparatorio (referendariado) en Alemania. Su finalidad es la preparación práctica para el ejercicio como juez o fiscal, y proporciona las competencias prácticas necesarias dentro de diversos ámbitos profesionales del Derecho. Las normativas legales sobre la formación por estaciones se encuentran principalmente en la Ley de Jueces de Alemania (DRiG) y en las disposiciones de formación de los estados federados.
Marco jurídico de la formación por estaciones
Ley de Jueces de Alemania (DRiG)
Las disposiciones fundamentales sobre la formación en la segunda fase se encuentran en los §§ 5 y siguientes de la DRiG. La DRiG prevé la formación práctica tras aprobar el primer examen jurídico (antiguamente, el primer examen estatal). Conforme al § 5 apartado 5 DRiG, la formación se realiza principalmente mediante la colaboración práctica en juzgados, autoridades y otras instituciones.
Normativas estatales
El diseño detallado de la formación por estaciones está regulado por las ordenanzas de formación de los estados federados. Estas regulan la estructura, desarrollo, contenido y duración de cada una de las estaciones, así como los derechos y obligaciones de los aprendices y formadores. Aunque existe una estructura básica similar en todo el país, hay diferencias específicas entre estados en cuanto a organización, requisitos de examen y plazos.
Desarrollo y contenido de la formación por estaciones
Estructura de la formación por estaciones
La formación por estaciones generalmente se divide en las siguientes estaciones:
- Estación de Derecho Civil: Prácticas en un juzgado de distrito o regional en asuntos civiles.
- Estación de Derecho Penal: Formación en una fiscalía, y posteriormente a menudo en un tribunal penal.
- Estación de Derecho Administrativo: Actividad práctica en una autoridad administrativa o un tribunal administrativo.
- Estación en despacho de abogados: Experiencia práctica en una oficina de abogados.
- Estación optativa: Estación de especialización en un área de trabajo elegida según los intereses individuales.
El orden de estas estaciones, su duración, así como los contenidos de formación respectivos vienen determinados por las disposiciones legales de cada estado.
Obligaciones y derechos durante la formación por estaciones
Durante la formación por estaciones, los referendarios mantienen una relación formativa de derecho público con el respectivo estado federado. Se les aplican obligaciones especiales de servicio, como la asistencia regular, deber de secreto, obligación de aceptar encargos dentro de los límites permitidos y obediencia hacia el formador. Al mismo tiempo, tienen derecho a ayudas de formación (subsidio de manutención), seguro, así como a participar en cursos de introducción y grupos de trabajo.
Objetivo de la formación y comprobantes de rendimiento
El objetivo de la formación por estaciones es la adquisición de los conocimientos, habilidades y experiencias prácticas necesarios para el futuro desempeño como juez o fiscal (§§ 5 apdo. 1, 5a DRiG). En cada estación deben realizarse trabajos escritos (exposiciones de expediente, trabajos de control, ejercicios prácticos). Los grupos de trabajo sirven para la transmisión complementaria de tareas y competencias en el área jurídica correspondiente.
Aspectos relacionados con el examen en la formación por estaciones
Importancia para el Segundo Examen Jurídico Estatal
La formación por estaciones prepara para el Segundo Examen Jurídico Estatal (antiguo segundo examen estatal). Los componentes del examen son redacciones escritas, que a menudo se basan en actividades prácticas de cada estación, y un examen oral, que, entre otros aspectos, utiliza la experiencia y conocimientos adquiridos durante la formación por estaciones.
Rendimiento en exámenes y evaluaciones
Durante las distintas estaciones puede ser necesario presentar evidencias escritas de la formación que, en su caso, influyen en la nota final del examen de graduación. La evaluación la realizan los formadores o comisiones evaluadoras, siendo las disposiciones estatales correspondientes las decisivas. La correcta realización de la formación por estaciones es requisito para poder acceder al Segundo Examen Jurídico Estatal.
Cuestiones legales particulares de la formación por estaciones
Igualdad de trato y acceso
La asignación de plazas en las estaciones se realiza conforme a criterios establecidos. Sólo en casos excepcionales muy restringidos (por ejemplo, circunstancias especialmente graves) existe un derecho a una determinada plaza de formación. Las acciones de selección de las administraciones de justicia competentes están sujetas al principio de igualdad de trato y, en general, pueden ser controladas por vía judicial.
Remuneración y seguro
Los referendarios reciben un subsidio de manutención mensual. La cuantía está regulada en el derecho estatal correspondiente. Durante la formación por estaciones suelen estar cubiertos por un seguro de accidentes legal y existe la obligación de contar con seguro de enfermedad y de dependencia por parte del referendario o referendaria.
Cuestiones de responsabilidad
En el marco de la formación por estaciones existen particularidades en el ámbito de la responsabilidad patrimonial del Estado (§ 839 BGB en relación con el art. 34 GG). Por los daños ocasionados por los referendarios en el ejercicio de su formación, responde en muchos casos el estado federado formador, siempre que se cumplan los requisitos de la responsabilidad de la administración. La responsabilidad civil frente a terceros, por norma general, está excluida, siempre que la actuación se haya producido en el ejercicio de funciones públicas.
Protección de datos y deber de secreto
Los referendarios tienen la obligación de cumplir las normas sobre protección de datos y mantener el deber de secreto respecto a los asuntos oficiales. Las infracciones pueden tener consecuencias disciplinarias y penales.
Resumen
La formación por estaciones constituye un elemento esencial, regulado por ley, de la formación jurídica práctica dentro del servicio preparatorio en Alemania. Está caracterizada por una compleja red de normativas federales y estatales, que definen el marco, los derechos y obligaciones de los aprendices así como las consecuencias relevantes en materia de exámenes. Por el diseño concreto de cada estación y la correspondiente actividad práctica, los referendarios contribuyen significativamente a su capacitación para el ejercicio jurídico futuro en el sector público o privado.
Preguntas frecuentes
¿Quién asume la responsabilidad legal durante la formación en la estación?
Durante la formación por estaciones, en principio, el responsable de la formación asume la responsabilidad global por la correcta ejecución conforme a las disposiciones legales aplicables, como por ejemplo la Ley de Formación Profesional (BBiG) o las disposiciones sectoriales correspondientes en profesiones sanitarias (por ejemplo, la Ley de Profesiones de Enfermería, PflBG). En el día a día en la estación, la supervisión directa suele corresponder al personal especializado, denominado tutor práctico o al docente encargado. No obstante, la entidad titular del centro de formación sigue siendo siempre la responsable última, especialmente en relación con el cumplimiento de todas las disposiciones en materia laboral, de responsabilidad y de protección de datos. La responsabilidad de los aprendices se limita a la ejecución de las tareas encomendadas conforme a su nivel formativo y a las instrucciones recibidas. Si los aprendices son empleados fuera del ámbito de su formación o no reciben la orientación adecuada, el responsable de la formación responderá de los posibles daños y no podrá alegar un comportamiento incorrecto de los aprendices.
¿Qué requisitos legales deben cumplir los tutores prácticos durante la formación por estaciones?
Los tutores prácticos deben cumplir ciertos requisitos legales para poder guiar la formación práctica. Según el § 4 de la PflBG y la correspondiente ordenanza de formación y examen, los tutores prácticos deben contar con una formación especializada reconocida por el Estado y participar regularmente en cursos de formación continua, generalmente al menos 24 horas anuales. Son responsables de la orientación programada, adecuada y competente de los aprendices, y deben asegurarse de que los contenidos se transmitan conforme al plan de formación y a las normativas legales. Además, los tutores prácticos están sujetos a un deber especial de diligencia, deben documentar el progreso de la formación y velar por una carga de trabajo de los aprendices conforme a las exigencias legales. El incumplimiento de estos deberes puede conllevar responsabilidades tanto laborales como disciplinarias.
¿Cuáles son los derechos y obligaciones de los aprendices durante la formación por estaciones?
Durante la formación en la estación, los aprendices tienen derecho a una formación práctica cualificada y estructurada conforme al plan de formación, debiendo transmitirse los contenidos de acuerdo con las ordenanzas legales de formación y examen. Disfrutan de derechos de protección previstos por la BBiG o, en su caso, por las regulaciones específicas para profesiones sanitarias, como la limitación de las jornadas laborales diarias y semanales, así como el derecho a descansos regulares y días libres. A cambio, los aprendices están obligados a ejecutar las tareas encomendadas con diligencia, cumplir las instrucciones empresariales e higiénicas y colaborar dentro de la organización si es necesario para alcanzar el objetivo formativo. El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a consecuencias laborales, siendo prioritario el cumplimiento de la Ley de Protección del Trabajo Juvenil (JArbSchG) para menores de edad.
¿En qué medida responde el aprendiz en caso de daños durante la formación por estaciones?
La responsabilidad del aprendiz durante la formación por estaciones está limitada legalmente. Según el principio de responsabilidad del trabajador, los aprendices pueden responder civilmente por negligencia o dolo de acuerdo con su nivel de formación. Sin embargo, se debe evaluar si la acción tuvo lugar dentro de la actividad asignada y del nivel de conocimientos exigible. Si el daño es resultado de falta de orientación, instrumental defectuoso o supervisión insuficiente, responde generalmente el responsable de la formación o su seguro. En caso de negligencia grave o conducta dolosa, el aprendiz responde personalmente, aunque sólo si previamente ha recibido suficiente información e instrucción sobre la tarea. Los aprendices menores de edad disfrutan de una protección especial, ya que la obligación de supervisión es mayor y la responsabilidad personal se encuentra limitada.
¿Qué deberes de documentación existen durante la formación por estaciones?
Por ley, es obligatoria la llevanza de una bitácora de formación (libro de informes, justificante de formación) conforme al BBiG, la cual debe ser revisada y firmada periódicamente por los tutores prácticos. En las profesiones sanitarias, además, se exige la creación y mantenimiento de una documentación formativa individualizada que recoja todo el proceso de la formación práctica. Esta documentación sirve para acreditar que se han transmitido y realizado los contenidos establecidos en el plan, y puede ser base de examen en la prueba práctica final. Además, existen obligaciones extensas de documentación respecto a actividades con relevancia en materia de responsabilidad civil o protección de datos, como por ejemplo en el cuidado de pacientes. Una documentación formativa inadecuada puede conllevar la no admisión del aprendiz al examen final.
¿En qué casos se puede interrumpir o finalizar la formación por estaciones?
La interrupción de la formación por estaciones puede fundamentarse legalmente, por ejemplo por enfermedad (previa presentación de justificante médico), embarazo (Ley de Protección de la Maternidad), accidente, servicio militar o alternativo, así como por razones personales imperiosas. Una interrupción prolongada (más de una décima parte del tiempo de formación) puede suponer la ampliación del periodo formativo para recuperar los contenidos no realizados. La finalización de la formación está especialmente prevista normativamente mediante la resolución del contrato formativo. Las bases legales correspondientes se encuentran en el § 22 BBiG o en la ley específica del colectivo profesional. Durante el periodo de prueba es posible la resolución inmediata sin alegar motivos, posteriormente sólo por causa justificada y con preaviso. El centro de formación está obligado a cumplir las obligaciones legales de notificación frente a la cámara o el centro educativo.
¿Qué normativas existen sobre el tiempo de trabajo y pausas durante la formación por estaciones?
Para los aprendices rigen los marcos laborales del BBiG y, especialmente para menores, las disposiciones de la Ley de Protección del Trabajo Juvenil (JArbSchG). Así, la jornada laboral diaria no debe exceder de ocho horas, salvo acuerdos especiales por convenio o empresa. El máximo semanal se sitúa en 40 o 48 horas (para adultos). En cuanto a pausas, debe haber una pausa mínima de 30 minutos si la jornada supera seis horas; para menores, debe concederse al menos una pausa de 30 minutos tras 4,5 horas de trabajo. Los servicios en turnos, nocturnos y de fin de semana sólo son permisibles para menores en supuestos excepcionales y bajo estricta normativa legal. El cumplimiento de estas normas es obligatorio y está supervisado por las autoridades responsables. Las infracciones pueden ser perseguidas penalmente y con sanción administrativa.