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actividad jurídica secundaria

Actividad jurídica secundaria

Definición y significado

El término «actividad jurídica secundaria» designa, en general, una actividad con relación jurídica que se realiza adicionalmente a una ocupación principal o durante la formación. En el contexto de los estudios de Derecho o durante el periodo de prácticas legales, suelen tratarse de trabajos secundarios o actividades por horas en las que se obtiene una visión práctica del ámbito laboral de despachos, empresas o instituciones. El objetivo es aplicar los conocimientos teóricos adquiridos en la carrera y acumular las primeras experiencias profesionales.

Clasificación en el proceso de solicitud

Relevancia para el inicio profesional

En el proceso de solicitud suelen preguntarse los datos relativos a una actividad jurídica secundaria. Estos sirven como indicador de experiencia práctica y compromiso de la persona candidata. Mientras que las cualificaciones formales como los estudios y exámenes se consideran la base, las actividades secundarias seleccionadas cuidadosamente enriquecen la documentación de la candidatura y ofrecen una visión sobre la forma de trabajo, la responsabilidad y las competencias ya adquiridas.

Papel en la solicitud para un puesto en un despacho

En las solicitudes para un puesto en un despacho, a menudo se pregunta sobre las actividades previas con relación jurídica. Los datos sobre estos trabajos secundarios ponen de relieve la preparación práctica para los requisitos del día a día profesional. Pueden ser decisivos para ser invitado a una entrevista, ya que facilitan a menudo la incorporación y demuestran la capacidad de aplicar conocimientos teóricos.

Requisitos y expectativas desde la perspectiva del empleador

Expectativas de contenido y forma

Para los empleadores, en una actividad jurídica secundaria es importante que la actividad demuestre claramente en qué medida contribuyó al desarrollo de habilidades técnicas y metodológicas. Los criterios que suelen considerarse incluyen, por ejemplo:

  • Relación con cuestiones jurídicas
  • Grado de responsabilidad dentro de la actividad
  • Alcance de las tareas realizadas de forma autónoma
  • Duración y continuidad de la ocupación
  • Colaboración en casos, investigaciones o escritos

Además, normalmente se da importancia a una descripción comprensible y veraz de la actividad secundaria en el currículum vitae y, en su caso, en la carta de motivación.

Competencias blandas y habilidades personales

Las actividades secundarias con enfoque jurídico también se valoran en cuanto a habilidades sociales y personales. Entre ellas se incluyen, por ejemplo, el trabajo en equipo, la iniciativa, la capacidad de organización y la disposición a asumir responsabilidades.

Malentendidos o interpretaciones erróneas típicas

Distinción respecto a otros campos de actividad

Un error común consiste en considerar cualquier actividad en el entorno de un empleador jurídico como una actividad jurídica secundaria. No toda colaboración estudiantil o actividad administrativa en un despacho es automáticamente una actividad jurídica secundaria, especialmente si no se trataron cuestiones jurídicas de fondo.

Sobreinterpretación del significado

En ocasiones se sobrevalora la importancia de las actividades secundarias en el proceso de solicitud. Son un complemento importante, pero no sustituyen una formación académica sólida ni buenos resultados en los estudios. Asimismo, debe tenerse en cuenta que una gran cantidad de actividades secundarias breves o muy cambiantes no se percibe necesariamente de forma positiva.

Consejos prácticos para personas candidatas

  • Transparencia en el currículum: Describa el área de actividad de forma lo más clara y concisa posible (por ejemplo, «colaboración en investigaciones sobre sentencias de derecho civil» en vez de sólo «actividad práctica en un despacho»).
  • Resalte la relevancia: Destaque en qué medida la actividad secundaria realizada aporta valor añadido para el puesto deseado.
  • Resalte la continuidad: Ocupaciones de mayor duración o la asunción de responsabilidades suelen influir positivamente en la valoración de su candidatura.
  • Mantenga la honestidad: Sea preciso en la descripción; las afirmaciones exageradas o los datos poco claros pueden resultar perjudiciales en la entrevista.
  • Preparación para preguntas adicionales: Esté preparado para explicar en detalle su actividad secundaria en la entrevista y, en su caso, dar ejemplos concretos de su trabajo.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué se considera actividad jurídica secundaria?

Se consideran actividades jurídicas secundarias aquellas en las que las cuestiones jurídicas son el eje central. Entre ellas se incluyen tareas como la colaboración en la redacción de escritos, la investigación de hechos jurídicamente relevantes o el apoyo en la gestión de casos. Actividades de naturaleza puramente administrativa sin relación jurídica no se incluyen.

¿Es la actividad jurídica secundaria un requisito para postularse a un despacho?

No es un requisito imprescindible, pero mejora las posibilidades, especialmente en despachos ambiciosos. La experiencia práctica suele valorarse mucho.

¿Es necesario declarar toda actividad secundaria en el ámbito jurídico?

Se recomienda incluir en el currículum o en la carta de presentación aquellas actividades que tengan una relación clara con las competencias requeridas para el puesto al que se aspira.

¿Pueden los trabajos científicos auxiliares en una universidad o en el marco de un proyecto de investigación considerarse actividad jurídica secundaria?

Sí, siempre que la actividad tuviera contenido jurídico, como el apoyo en investigación, docencia o publicaciones en el ámbito jurídico.

¿Con qué grado de detalle deben describirse las actividades jurídicas secundarias en el currículum?

Una descripción precisa pero breve de las principales tareas es suficiente. Si es necesario, en la carta de presentación se pueden destacar aspectos especiales.


Este artículo proporciona una visión general sobre la actividad jurídica secundaria y ayuda a quienes se postulan a contextualizar mejor los conceptos y su significado en el proceso de solicitud para despachos y ámbitos laborales afines.

Preguntas frecuentes

¿Es necesario notificar o solicitar la aprobación del empleador para una actividad jurídica secundaria?

La necesidad de notificar una actividad jurídica secundaria al empleador o de solicitar aprobación depende en primer lugar del contrato laboral o de servicio, así como de las disposiciones legales aplicables. Según el § 3 apartado 4 TVöD y normas equivalentes en derecho de la función pública, para los trabajos secundarios de empleados y funcionarios públicos, generalmente se requiere una notificación previa por escrito, y a veces una autorización expresa. En la relación laboral privada, en principio no existe una obligación general de notificar o solicitar aprobación, siempre que la actividad secundaria no implique competencia desleal, no afecte el tiempo de trabajo ni el cumplimiento de funciones, ni infrinja acuerdos contractuales o convenios colectivos. En determinados sectores o ante intereses empresariales sensibles, la obligación puede derivarse de deberes secundarios del contrato laboral (§ 241 apartado 2 BGB). La falta de notificación o el ejercicio no autorizado de la actividad secundaria puede conllevar consecuencias laborales, como una amonestación o, en caso de reincidencia, incluso la rescisión del contrato principal.

¿Existen limitaciones temporales o de contenido para las actividades jurídicas secundarias?

Sobre la extensión de una actividad jurídica secundaria, la Ley de Tiempo de Trabajo (§ 3 ArbZG) establece que, en caso de varios empleos (también jurídicos), no se debe sobrepasar el máximo de 48 horas semanales. Si la actividad secundaria afecta las principales obligaciones contractuales, por ejemplo, por fatiga, pérdida de concentración o solapamiento de citas, el empleador puede tomar medidas. En cuanto al contenido, las actividades secundarias no deben contravenir normas legales, contractuales o de ética profesional (por ejemplo, § 45 BRAO, § 57 StBerG), ni constituir competencia directa contra el empleador. Determinadas actividades que impliquen conflicto de intereses o manejen datos/ información sensible pueden ser prohibidas.

¿En qué circunstancias es inadmisible una actividad jurídica secundaria?

Una actividad jurídica secundaria es inadmisible, en principio, si contraviene la prohibición de competencia (§ 60 HGB para directivos, § 62 HGB para apoderados, § 112 GewO, derecho general de la competencia), cláusulas de prohibición o restricción laboral o disposiciones convencionales. También la Ley de Estado de los Funcionarios en los Länder (BeamtStG §§ 40 y ss.) o la legislación autonómica establece límites estrictos para las actividades secundarias de juristas en la función pública. Igualmente están prohibidas actividades que infrinjan leyes penales, normas profesionales o principios éticos, o que pongan en peligro la integridad de la relación laboral principal.

¿Se tratan fiscalmente de forma diferente los ingresos procedentes de actividades jurídicas secundarias?

Los ingresos procedentes de actividades jurídicas secundarias se consideran, en materia fiscal, como rendimientos del trabajo autónomo (§ 18 EStG) o, si existe una relación laboral adicional, como rendimientos del trabajo por cuenta ajena (§ 19 EStG). Son en principio sujetos a impuestos y deben declararse en la declaración de la renta. Si se generan gastos relacionados con la actividad secundaria, como materiales, formación o gastos de desplazamiento, estos pueden reconocerse como deducciones profesionales siempre que sean claramente atribuibles al trabajo secundario. Existen exenciones fiscales especiales, como la del monitor/a deportivo/a (§ 3 n.º 26 EStG), pero en las actividades jurídicas secundarias clásicas no suelen ser aplicables. También existen obligaciones respecto al IVA cuando la actividad secundaria suponga actividad empresarial.

¿Existe una obligación especial de confidencialidad para juristas con actividad secundaria?

Los juristas están sujetos a estrictos deberes de confidencialidad de carácter profesional, como dispone el § 43a apartado 2 BRAO para abogados o el § 203 StGB para personas sujetas a secreto profesional. Esto también es aplicable a la actividad paralela. La violación del deber de confidencialidad puede conllevar consecuencias disciplinarias y penales. Además, debe velarse porque, entre la ocupación principal y la secundaria, no se utilicen ilícitamente secretos comerciales o de empresa del empleador principal (§ 17 UWG). La realización de dos actividades jurídicas puede conducir a conflictos de intereses, por ejemplo, cuando se vean afectados encargos o posiciones de parte, lo que exige una evaluación específica.

¿Es necesario contar con un seguro de responsabilidad propio para actividades jurídicas secundarias?

Si la actividad jurídica secundaria implica asesoría freelance o independiente, según la profesión es obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad profesional propio (ver § 51 BRAO para abogados). En actividades secundarias como empleado, normalmente responde primero el empleador, salvo que exista negligencia grave o incumplimiento deliberado del deber. Muchas organizaciones profesionales (p. ej., cámaras de abogados) exigen prueba de una suma de cobertura suficiente. En actividades científicas o periodísticas secundarias no es obligatorio, aunque se recomienda contratar cobertura si existen riesgos laborales.

¿Qué consecuencias tiene laboralmente el ejercicio no autorizado de una actividad jurídica secundaria?

El ejercicio de una actividad jurídica secundaria sin la debida notificación o aprobación, o en contra de una prohibición expresa contractual o de servicio, puede acarrear una amonestación e –en especial en casos de reincidencia o infracciones graves– incluso el despido, tanto ordinario como extraordinario, del empleo principal. Además, pueden surgir reclamaciones por daños y perjuicios si el empleador sufre un perjuicio concreto (p. ej., incumplimiento contractual, competencia desleal) como consecuencia de la actividad no autorizada. Los funcionarios y empleados públicos se exponen a medidas disciplinarias. También puede iniciarse un procedimiento profesional si se incumplen deberes establecidos por normas profesionales.